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Esto es absolutamente indefendible. El derecho penal no es un juego donde puedes cambiar constantemente tus teorías en un esfuerzo por atrapar al acusado. Está muy claro que el DOJ no hizo su tarea en este caso y ahora está buscando desesperadamente cualquier teoría para llegar a una condena.

26 jul, 23:43
A partir del jueves, en su respuesta a la Regla 29, el DOJ sigue defendiendo esta teoría de que Storm, al publicar software TC, proporcionó un "servicio valioso" a una entidad sancionada porque la RPDC utilizó el protocolo. Este principio defectuoso es ilimitado: si fabrico un martillo sin un usuario final particular en mente y de alguna manera ese martillo termina siendo utilizado por la RPDC, les proporcioné un "servicio valioso".
Pero no los ves persiguiendo a Apple por el iPhone, a Google por su suite tecnológica, etc., a pesar de que estas herramientas tecnológicas son utilizadas por la RPDC. Eso es porque esto es una distorsión grosera de la ley.
Cuando nosotros @fund_defi @jchervinsky escribimos nuestro informe amicus en apoyo de la MTD de @rstormsf, revisamos más de 100 casos de sanciones y proporcionamos al tribunal una tabla de ellos: en cada uno de los casos había un nexo entre la entidad sancionada y el acusado, alguna evidencia de que el acusado se conectó directamente con el SDN o creó una herramienta *para* el SDN específicamente. No hubo ningún caso - ninguno - donde un acusado fabricara una herramienta sin un usuario final particular en mente y luego fuera condenado por violar sanciones porque un SDN terminó con esa herramienta en la mano.

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